SENTENCIA LABORALES
POR FIN TENEMOS SENTENCIAS DEFINITIVAS DEL TRIBUNAL SUPREMO (FUNCIONARIZACION) Y DE LA AUDIENCIA NACIONAL (RPT).
1- El Tribunal Supremo ha fallado a nuestro favor en la demanda –Recurso de Casación 10105/2003-, lo cual obliga a la Agencia Tributaria a corregir la RPT de funcionarios de 2008 incluyendo en ellas las plazas de laborales que la sentencia del Constitucional dijo que pertenecían al personal funcionario: el área administrativa, informática, ATS y analistas de laboratorio, quedando excluidos solo el personal de mantenimiento, reprografía, ordenanzas y telefonistas. CGT intentará, por otras vías, conseguir que estas categorías excluidas tengan acceso a la funcionarización.
Una vez publicada dicha RPT corregida, la Agencia Tributaria debe acometer los procesos de funcionarización de estas categorías ya que son puestos de personal funcionario ocupados por personal laboral. En ningún caso el personal laboral que ocupe estas plazas estará obligado a concursar por estas plazas y en caso de que lo hiciera y no aprobara seguiría ocupando indefinidamente su plaza de funcionario como laboral.
2- La Audiencia Nacional ha fallado dando por buena la RPT de personal laboral de 2008 de la Agencia Tributaria aunque ésta le tiene que añadir la antigüedad del personal, y no la obliga a publicar las RPT anteriores (2001-2007) que nosotros solicitábamos según sentencia del Tribunal Supremo –Recurso de Casación 61/2005-. Esto hace que nos planteemos la posibilidad de acudir al Tribunal de lo Social de forma individual para reclamar los daños producidos por la falta reiterada de promoción interna del personal laboral.
SENTENCIAS FUNCIONARIOS
Durante el mes de septiembre y octubre han ido saliendo, desde el TSJC, las sentencias de las diferentes demandas de superior categoría que aún quedaban pendientes. Como ya sabréis, todas han sido favorables a los intereses de los funcionarios de esta casa y solo queda su ejecución por parte de la dirección de RR.HH. de Catalunya. No ha sido, no obstante, un camino fácil. Desde la Abogacía del Estado se ha intentado, y siguen intentando, poner todas las trabas posibles a la ejecución de las sentencias con triquiñuelas legales o legalistas para dilatarlas y tener, de esta forma, mayor margen de maniobra. Entendemos que nada pueden hacer excepto alargar los plazos de pago, lo que, a la postre, perjudicará aún más a la propia Agencia, ya que los intereses de demora siguen creciendo cada día.
SOBRE EL ACUERDO FIRMADO ENTRE GOBIERNO Y SINDICATOS PARA LA FUNCION PUBLICA 2010-2012
El 25/09/09 el Gobierno firmó con los sindicatos UGT, CCOO y CSIF otro nuevo Acuerdo que, desde nuestro punto de vista, es completamente desfavorable para los empleados de la Administración Pública.
Para empezar el incremento salarial para el año 2010 será del 0,3% y para los siguientes años (2011-2012) no se comprometen, simplemente acuerdan una cláusula de revisión salarial en la cual prometen que se revisará la pérdida de poder adquisitivo… Ya sabemos cómo se toman en serio este tipo de cláusulas, recordemos, por ejemplo, su incumplimiento por el primer gobierno de Aznar.
La propuesta de CGT-CAT es que la cláusula de revisión salarial se establezca por ley, tal y como la tienen las pensiones y dentro del capítulo III del E.B.E.P, donde se recogen los derechos retributivos. Así lo hicimos saber durante el trámite parlamentario del citado Estatuto.
El Acuerdo sólo consolida el Plan de Pensiones con incrementos del 0’3 %, 0’5% y 0’7% (2010-2012). Esto beneficia a BBVA, CCOO y UGT como entidades gestoras del Plan con suculentos beneficios económicos en comisiones.
En nuestra opinión, un desastre: míseras aportaciones, plan ruinoso, tributación del rescate de un 40%,…. En fin, la expropiación de las cantidades que deberíamos percibir en el salario.
Una vez más, somos los empleados públicos los que sufrimos los errores del Gobierno, las crisis económicas y la doble moral de los sindicatos firmantes.